nuevos precios luz RD20/22

Descubre cómo afecta el Real Decreto-ley 20/2022 a tu factura de luz

 

 

Se han publicado nuevos cargos y peajes en el BOE el 29 de diciembre, y entraron en vigor el pasado 1 de enero de 2023. El término de energía de los peajes ha subido, pero se compensa con la bajada del término de energía de los cargos y pagos por capacidad para casi todas las tarifas. Por lo que, en general, es beneficioso para el cliente final que verá algo reducidos sus precios.

Además, os contamos, de forma muy resumida, el resto de las medidas que os pueda interesar conocer:

Artículo 1: prorrogado durante todo el 2023, IVA al 5% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural.

Artículo 2: prorrogado durante todo el 2023, Impuesto Especial sobre la Electricidad al 0,5%.

Artículo 3: prorrogado durante todo el 2023, IVA electricidad al 5% aplicable a clientes: Clientes de electricidad, tarifas 2.0TD con potencia contratada inferior o igual a 10 kW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 €/MWh. Clientes de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.

Artículo 4: prorrogado durante todo el 2023, el que no podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a consumidores vulnerables, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social. Para acreditar la condición de consumidor vulnerable ante las empresas suministradoras de gas natural bastará la última factura de electricidad en la que se refleje la percepción del bono social de electricidad.

Artículo 5. prorrogado durante los cuatro trimestres de 2023, la suspensión del IVPEE de productores de renovables. Afecta al Modelo 583 y modelo 590 de los parques eólicos y clientes generación representados.

Artículo 18. se amplía la distancia para el desarrollo de instalaciones de autoconsumo a través de red hasta 2000m, siempre y cuando la tecnología sea fotovoltaica y esté situada en cubiertas, en zona industrial o en estructuras artificiales como aparcamientos, cuyo objetivo fundamental no sea la generación de electricidad. Es decir, los 500m se mantienen en el caso de que no se cumplan alguna de las condiciones anteriores.

Artículo 20. se prorrogan hasta 30 de junio de 2023 las medidas del RDL14/2022 Eficiencia Energética y disminución dependencia del gas.

 

 

Fuente:

Feníe Energía

Elaboración propio

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