Descubre el impacto de la excepción ibérica en la factura eléctrica de los consumidores españoles
El límite al precio de la electricidad puesto en marcha el pasado martes 13 de junio tendrá impacto en todos los consumidores
Impacto sobre los consumidores
La tabla siguiente resume los impactos sobre los consumidores, tomando como referencia los que vayan a estar con precio indexado los 12 meses y los que vayan a estar con precio fijo (y no renovado) los 12 meses.
Los consumidores con precio indexado se beneficiarán de la reducción en el precio de adquisición de la electricidad del mercado, aunque el beneficio se verá neteado por el incremento en los cargos. El resultado es una reducción de 8 €/MWh en su coste de suministro, equivalente a una reducción de 40 € en la factura anual de un hogar con un consumo de 3.300 kWh.
En contraste, los consumidores con precio fijo no se benefician de la reducción en el precio de adquisición de la electricidad del mercado, pero tienen que pagar el incremento en los cargos. El resultado es un incremento de 13 €/MWh en su coste de suministro, equivalente a un incremento de 63 € en la factura anual de un hogar con un consumo de 3.300 kWh.
Para un consumidor que esté en un contrato de precio fijo que se renueve o prorrogue en este horizonte, el impacto dependerá de cuánto tiempo transcurra hasta dicha renovación o prórroga.
El impacto en los cargos
El resultado de la hoja de cálculo muestra que los efectos del RDL sobre los cargos que gravan las facturas son significativos. Resulta engañoso valorar el impacto del RDL centrándose en el impacto sobre el precio del mercado, omitiendo el impacto sobre los cargos.
En estos cálculos no se ha tenido en cuenta el hecho de que la bajada en el precio afecta a todos los consumidores por igual, mientras que el incremento en los cargos afecta fundamentalmente a los consumidores en baja tensión.
En los cálculos tampoco hemos tenido en cuenta que el precio del mercado eléctrico se reducirá menos que el valor de la subvención debido a que la mayor demanda de energía para exportaciones hacia Francia o Marruecos exigirá el funcionamiento de centrales de generación menos eficientes, y ello incrementará el precio del mercado eléctrico.
Dependiendo de en cuánto se incremente el precio del mercado eléctrico debido al incremento en la demanda, el resultado podrá incluso ser que todos los consumidores, incluidos los que compren a precio indiciado, se vean perjudicados, incluso antes de tener en cuenta el incremento en los cargos.
En cualquier caso, la hoja de cálculo pone de manifiesto que lo que hace el RDL es, principalmente, reducir las facturas eléctricas ahora a costa de incrementarlas en el futuro. Esto, en sí mismo, no es criticable: otros países han optado por retrasar la recuperación de algunos costes, para mitigar y repartir el impacto sobre los consumidores.
La reducción en el precio del mercado ocasionará un incremento en los “cargos”
La consideración del porcentaje de energía renovable y de la cogeneración con retribución regulada puede parecer un detalle innecesario, pero no es así. En efecto, estos generadores tienen reconocido en la ley del Sector Eléctrico el derecho a una retribución total “razonable”, lo cual significa que si el precio del mercado se reduce, se debe incrementar su retribución regulada, y esto se traducirá en un incremento en los “cargos” que gravarán las facturas eléctricas a partir de enero de 2023.
Del mismo modo, los generadores extrapeninsulares también tienen derecho a una retribución total regulada, de tal modo que si el precio del mercado se reduce se debe incrementar su retribución regulada. La mitad de ese incremento se financia con cargo a los presupuestos generales del Estado y la otra mitad se traducirá también en un incremento en los “cargos” que gravarán las facturas eléctricas a partir de enero de 2023.
El coste de las subvenciones a los generadores y las rentas de congestión se reparte entre toda la energía con contratos de precio indiciado o renovados. Sin embargo, el impacto del incremento en las compensaciones a los generadores no peninsulares, a los generadores renovables, y a las instalaciones de cogeneración se reparte entre toda la demanda (la que tiene contratos de precio indiciado o renovados, y la que no).
Fuente:
Elaboración propia
El periódico de la energía